AYUDAS TRANSPORTE GASOLEO 2023

El día 28-12-2022 ha sido publicado el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/28/pdfs/BOE-A-2022-22685.pdf el que se establece unas ayudas de combustible para el sector del transporte durante el primer semestre del 2023, como sustitución de los 20 cm/l  que existía hasta el 31/12/2022

Existen dos formas  de ayudas en función del tipo vehículo y/o la energía de propulsión utilizada:

1-Para vehículos diésel igual o superior de 7,5 MMA o taxis que esté dados de alta en el gasóleo profesional de la AEAT.

Recibirán en su devolución mensual de gasóleo profesional, además de los 4,9 cm/l establecidos con carácter general :
– 20 céntimos por litro   desde el  1 de enero  hasta el 31 de marzo del 2023
– 10 céntimos por litro  desde el 1 de abril hasta el 30 de junio del 2023

Esta devolución adicional solo se producirá para los vehículos dados de alta en el gasóleo profesional y para los repostajes  con las tarjetas de gasóleo profesional.

 Si estos vehículos diesel de MMA igual o superior a 7, 5 tn de MMA no están daados de alta no percibirán esta ayuda de 20/10 céntimos por litros.

–Para empresas que no se beneficien de la devolución del Impuesto de hidrocarburos por el gasóleo profesional:

  Una cantidad alzada por vehículo en un único pago en función de la autorización de transporte público de mercancías y su MMA.

Ver tabla adjunta:
Vehículo con autorización  MDPE con MMA≥7,5 t y tipo de carburante GLP, GNC o GNL: 3.690€ 
Vehículo con autorización  MDPE con MMA≥7,5 t, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla:  2.700€
Vehículo con autorización  MDPE con MMA<7,5 t : 1.000€
Vehículo con autorización MDLE.: 450€
Ambulancia VSE:  450€
Taxis. VT. con tipo de combustible GLP, GNC o GNL: 410€
Taxis. VT con tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias o taxis domiciliados en Ceuta o Melilla: 300€
Vehículo alquiler con conductor. VTC:  300€

Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2023, que, una vez aprobada, se abonará en un único pago a partir del 30 de abril

En todos los casos, el beneficiario de la ayuda deberá presentar  ante la AEAT entre el 31 de enero a 30 de marzo unas declaraciones de  responsable en la que se señale que se ha visto afectado por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania, declarando  cualesquiera otras ayudas que haya recibido anteriormente en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania, y asimismo deberá identificar a las empresas con las que se encuentre vinculado o asociado

En el caso de titulares de vehículos de transporte residenciados en Euskadi  o Navarra deberán tramitar las ayudas en su correspondiente Hacienda Foral.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

GUIRAL ASESORIA Y GESTION, S.L.P.