En diciembre se tramitan, al menos, un 50% más de bajas de vehículos en la DGT
Diciembre es el mes escogido por muchas personas para llevar a cabo las distintas gestiones o trámites que se han presentado a lo largo del año y que, por un motivo u otro, han ido dejando pasar. Tratar de comenzar el nuevo año sin cosas pendientes que hacer y sin preocupaciones de este tipo, es el objetivo que miles de propietarios de vehículos desean cumplir y que inevitablemente provoca que durante el último mes del año se tramiten más del doble de bajas de vehículos que en el resto de meses del año. Los costes derivados de mantener un vehículo en activo, y el ahorro que supone no tener que hacer frente a los mismos cuando se trata de automóviles que han alcanzado el final de su vida útil, son los principales motivos que hacen que la entrada de vehículos en el desguace se incremente notablemente cuando se aproxima fin de año.
Hablamos, por tanto, de un incremento meramente estacional en lo que a bajas de turismos y furgonetas se refiere que, de manera indiferente, se produce tanto en las solicitudes formalizadas en las Jefaturas de la Dirección General de Tráfico (bajas temporales y definitivas por exportación) como en los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos (CATV), comúnmente conocidos como desguaces. Éstos últimos, son los únicos encargados de tramitar la baja definitiva de un vehículo, de acuerdo con la Orden INT/624/2008, dónde se regula la baja electrónica de los vehículos fuera de uso (VFU), así como con el Real Decreto 20/2017 del 20 de enero (que sustituye al anterior Real Decreto 1383/2002 del 20 de diciembre) sobre los vehículos al final de su vida útil.
Según las cifras publicadas por la DGT en su portal estadístico y que han sido minuciosamente analizadas por RO-DES, la Red Operativa de Desguaces Españoles, las bajas de vehículos se incrementaron aproximadamente en un 18% entre 2017 y 2018. Este aumento se ha relacionado, según expertos del sector, con los planes anti contaminación que actualmente funcionan en ciudades como Barcelona o Madrid, donde ya se han impuesto duras restricciones a los vehículos más viejos y contaminantes, provocando que sean muchos los conductores que hayan decidido sustituir su coche por otro con el que si poder acceder a las zonas de bajas emisiones. Si nos centramos en las bajas de turismos y furgonetas que se formalizaron durante el mes de diciembre, éstas se incrementaron en 2017 un 76% en comparación con la media mensual de vehículos que se dieron de baja a lo largo del mismo año (109.992 unidades dadas de baja en diciembre, frente a la media anual de 62.240 al mes). En 2018, el incremento se situó en algo más del 57% (116.612 unidades dadas de baja en diciembre, frente a la media anual de 73.960 al mes).
En los desguaces, de acuerdo con la información proporcionada por RO-DES, también se han registrado importantes variaciones ya no solo en años anteriores, sino también en este mismo año. Así, entre enero y octubre de 2019, la entrada de vehículos en Centros Autorizados de Tratamiento (CATV) para ser dados de baja definitiva se ha incrementado al menos en un 16%, si lo comparamos con el mismo periodo del año anterior. También destaca el aumento que se produjo en diciembre de 2018 con respecto al resto de meses del mismo año ya que éste se situó en algo más del 30%. Además, entre 2017 y 2018, el número de vehículos dados de baja definitiva en los desguaces aumento aproximadamente en un 28%, por lo que no cabe duda de que
además del aumento estacional que se produce durante el mes de diciembre, también son más los vehículos que anualmente se están recibiendo en los CATV.
¿Por qué la baja definitiva de un vehículo se realiza directamente en un CATV?
Tal y como hemos comentado en los primeros párrafos de este artículo, la baja definitiva de los vehículos se gestiona directamente Centros Autorizados de Tratamiento (CATV), conocidos generalmente como desguaces, gracias a diversas normativas que permiten asegurar el correcto tratamiento medioambiental de las unidades que han alcanzado el final de su vida útil y que, por tanto, están consideradas como residuos. Cuando el vehículo se recibe en las instalaciones de un CATV, se procede a su registro y se tramita telemáticamente la baja definitiva del mismo. Posteriormente, se inicia el proceso de descontaminación, recuperación y reciclaje de todos y cada uno de los componentes que formaban parte de este.
Por tanto, y a no ser que el propietario no disponga físicamente del vehículo (para lo cual sí que debería acudir personalmente a una Jefatura de Tráfico en caso de querer regularizar la situación administrativa en el Registro de Vehículos), la baja definitiva es un trámite que ya no se puede solicitar y llevar a cabo en las oficinas de tráfico de la DGT, como si se hace con las bajas temporales (las cuales implican el no poder circular ni estacionar con el vehículo en la vía pública) o las bajas definitivas por exportación (donde el vehículo se da de baja para ser trasladado y matriculado en otro país).
¿Por qué se aconseja tramitar la baja definitiva de un Vehículo Fuera de Uso (VFU) antes de que finalice el año?
Mantener un vehículo en activo, como ya hemos comentado al inicio, conlleva hacer frente a unos costes que, si se trata de un coche, furgoneta u otro tipo de medio de transporte que ha alcanzado el final de su vida útil, no tiene sentido seguir pagando. La renovación de la póliza de seguros, la obligación de pasar una nueva ITV o el pago anual del impuesto de circulación, son algunos ejemplos de estos gastos fijos que inevitablemente deben asumir todos los conductores que tengan un vehículo en propiedad.
Con respecto al impuesto de circulación, la obligatoriedad de pago corresponde a quien sea propietario del vehículo a fecha 1 de enero del año en curso, por lo que, si se ha gestionado el desguace y la baja definitiva antes de finalizar el año anterior, será uno de los costes que el titular ya no deberá asumir. Además, tampoco tendrá que pasar una nueva ITV ya que el vehículo habrá sido eliminado del registro y podrá renunciar a la póliza de seguros justificando la entrega del vehículo en un CATV, mediante una serie de documentos que mencionaremos más adelante.
Por tanto, desde RO-DES recomiendan que, para evitar la saturación que se produce tanto en el servicio de recogidas con grúa como en los departamentos de bajas de los desguaces durante las últimas dos semanas del mes de diciembre, se inicie el procedimiento o solicitud entre el día 1 y el día 15. De esta manera, será mucho más fácil asegurar que la gestión podrá ser llevada a cabo antes del 31 de diciembre.
¿Qué documentación se necesita y cómo justifica el CATV que el trámite se ha realizado con éxito?
Siempre que sea el titular del vehículo quien se ocupe de efectuar la entrega del mismo al CATV, tendrá que aportar una fotocopia de su DNI, el permiso de circulación y la ficha técnica originales. Ante la imposibilidad de que la entrega sea
realizada por el titular, será imprescindible que una persona autorizada por éste se haga cargo de la misma, acompañando la documentación anteriormente mencionada de una autorización firmada por el titular y de la fotocopia de su DNI. En aquellos casos en los que el vehículo figure a nombre de una empresa, difunto o cualquier otra situación, se recomienda siempre consultar con el departamento de bajas del desguace, la documentación que será necesario reunir y aportar, pues en función de la provincia pueden existir algunas diferencias.
Por su parte, el Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CATV) o desguace, acreditará la entrega y baja definitiva del vehículo, facilitando al titular el certificado de destrucción y el justificante de baja definitiva formalizada de manera electrónica en la DGT. Hay que tener en cuenta que, ambos documentos se emiten una vez el vehículo se ha depositado en las instalaciones del CATV y que debido a la saturación que se produce durante los últimos días de diciembre, la entrega de los mismos al titular también podría estar afectada por los retrasos y producirse en las primeras semanas del mes de enero.
Finalmente, desde RO-DES aconsejan conservar siempre tanto el certificado de destrucción como el justificante de baja definitiva que el titular o la persona encargada de realizar la gestión, recibirán por correo electrónico. Esta documentación será la única que le sirva a la hora de poder efectuar cualquier reclamación a la administración o compañía de seguros, en caso de que proceda.