IMPUESTO DE CO2: LOS VEHÍCULO DADOS DE BAJA TEMPORAL YA NO TRIBUTAN
Con efectos del 01-01-2021 lo vehículos dados de baja temporal de cualquier tipo ya no tributa en el Impuesto de CO2
LEY 2/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público (DOGC Núm. 8575 – 31.12.2021)
…Artículo 4.
Modificación de la Ley 16/2017, del cambio climático Se modifica, con efectos del 1 de enero de 2021, el apartado 2 del artículo 41 de la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático, que queda redactado del siguiente modo:
«2. A efectos de este impuesto, se consideran aptos para circular por las vías públicas los vehículos a los que se refiere el apartado 1 matriculados en el Registro de vehículos establecido por el Reglamento general de vehículos, aprobado por el Real decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, mientras no hayan sido dados de baja del registro de forma definitiva o temporal y los vehículos provistos de permisos temporales.»