IMPUESTO DE CO2: LOS VEHÍCULO DADOS DE BAJA TEMPORAL YA NO TRIBUTAN

Con efectos del 01-01-2021 lo vehículos dados de baja temporal de cualquier tipo ya no tributa en el Impuesto de CO2

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LEY 2/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público (DOGC  Núm. 8575 – 31.12.2021)
…Artículo 4. 
Modificación de la Ley 16/2017, del cambio climático Se modifica, con efectos del 1 de enero de 2021, el apartado 2 del artículo 41 de la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático, que queda redactado del siguiente modo: 
«2. A efectos de este impuesto, se consideran aptos para circular por las vías públicas los vehículos a los que se refiere el apartado 1 matriculados en el Registro de vehículos establecido por el Reglamento general de vehículos, aprobado por el Real decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, mientras no hayan sido dados de baja del registro de forma definitiva o temporal y los vehículos provistos de permisos temporales.»