PLAN RENOVE 2020

https://www.boe.es/boe/dias/2020/07/06/pdfs/BOE-A-2020-7311.pdf

La dotación presupuestaria de este plan es de 250 millones de euros.

Las ayudas del plan “Renove 2020” se concederán de forma directa y pueden ir desde los 300 hasta los 4.000 euros, según el tipo de vehículo y del beneficiario. Se podrá contar con 500 euros adicionales en el caso de achatarramiento de un vehículo de más de veinte años, de beneficiarios con movilidad reducida o aquellos que pertenezcan a hogares con ingresos mensuales inferiores a 1.500 euros.

VIGENCIA
Pueden optar a las ayudas del plan “Renove 2020” las adquisiciones de vehículos realizadas desde el 15 de junio de 2020.
 El programa finalizará el 31 de diciembre de 2020 o hasta que se agote el crédito habilitado a tal efecto.
El plazo de presentación se iniciará cuando activen  el sistema telemático.

BENEFICIARIOS
Personas físicas  (máximo 1 vehículo) o jurídicas  (máximo 30 vehículos)
Excluidos: Concesionarios o puntos de venta cuyo epígrafe IAE sea 615.1 o 654.1, salvo que estén dados de alta en otros IAE y realicen una declaración de responsable conforme no será destinado  a un  fin excluido.
Deben estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y frente a la TGSS en el momento de la concesión
Obligación de no transferir durante 2 años el vehículo subvencionado.

VEHICULOS SUBVENCIONABLES
Los turismos( M1)  Y  furgonetas o camiones ligeros (N1)  que se adquieran dentro de este plan tienen que emitir, como máximo,   120 gramos de CO2 (M1) o 155 gramos CO2 (M1 con carrocería AF mutiuso, o furgonetas ligeras N1 de menos de 2,5 tn MMTA) medición NEDC
Los M1 y N1 tienen que tener  las etiquetas A o B del IDAE (http://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES)   y C, ECO o CERO de la DGT.
Puede ser un vehículo nuevo o automatriculado por el concesionario durante este año 2020 y con precio máximo  de 35.000 euros (45.000 si es Cero emisiones o el beneficiario una persona con movilidad reducida) antes de impuestos.
También son subvencionables para los  N2, N3, M2, M3  motocicletas  L3,L4,L5, L3E, L4E, L5E con una serie de requisitos.
Se incluyen los vehículos convencionales de combustión interna ( gasolina o gasóleo) o alternativa (GLP, GNL), REEV, PHEV, FCV, FCHV
La adquisición se puede realizar por renting o leasing con una duración mínima de dos años, siendo el beneficiario el arrendatario.
VEHÍCULOS A ACHATARRAR
Para la adquisición de vehículos nuevos o seminuevos  de categorías M1 y N1, será requisito necesario que el adquirente titular del vehículo o destinatario final (arrendatario en leasing o renting)  acredite la baja definitiva de un vehículo matriculado que reúna los siguientes requisitos: – El solicitante debe ser titular él mismo  o un familiar de primer grado durante los 12 últimos meses.
– Debe ser un M1 o N1  matriculado en España con anterioridad al 15 de junio de 2020.
– ITV  vigente al menos hasta el 14-03-2020
– Disponer del justificante de pago del  IVTM  2019
– Tiene que tener un antigüedad mínima de 10 años (M1) o N1 (7 años)
 A efectos de antigüedad de los vehículos, se considerará desde su fecha de primera matriculación hasta la fecha de solicitud de ayuda, o hasta la fecha de matriculación del nuevo vehículo adquirido si esta última fuera anterior.

AYUDA ADICIONAL (500€)
– Beneficiarios con movilidad reducida
– Beneficiarios que pertenezcan a hogares con unos ingresos mensuales inferior a 1500€
– Achatarramiento de un vehículo de más de 20 años

INCOMPATIBILIDADES
Este plan es incompatible con el  Moves II, para vehículos electrificados Tampoco se podrán añadir a subvenciones dadas por otras administraciones distintas a la central, si esas ayudas se nutren de fondos procedentes del Estado.
Para personas físicas estás ayudas se deberán de declarar y tributar por IRPF

AYUDA OBLIGATORIA DEL CONCESIONARIO
En la adquisición de un vehículo de las categorías M1 y N1, se establece para los concesionarios y puntos de venta la realización de un descuento obligatorio y equivalente de la misma cuantía que la ayuda estatal, con un límite máximo de 1.000 euros. Dicho descuento deberá reflejarse en la factura de venta del vehículo adquirido emitida por parte del fabricante/importador, concesionario o punto de venta, al destinatario último de la ayuda, de forma específica y desagregada, señalando la expresión «descuento aplicado por Programa RENOVE»

SOLICITUDES
Se realizarán de manera telemática mediante la presentación de un formulario  en una aplicación que  establezca una entidad colaboradora a determinar del Ministerio de Industria y siempre  mediante certificado digital.

CUANTIA DE LAS AYUDAS
Las cuantías de las ayudas  que se definen a continuación, en función del destinatario, categoría del vehículo (M1, N1, M2, M3, N2, N3) etiqueta ambiental de la DGT (Cero, Eco  o  C) categoría energética IDAE  (Etiquetas A y B)